A partir de 2025, las empresas deberán adaptarse a una nueva normativa que elimina por completo el uso de registros en papel para el control del horario laboral. Esta medida busca modernizar los procesos y garantizar un mayor control y transparencia en la gestión del tiempo trabajado.
La Ley de control horario de los trabajadores entró en vigor en 2019. Desde entonces, todas las empresas de España están obligadas a implementar un sistema de registro horario que cumpla con los requisitos establecidos por Ley.
El anteproyecto de Ley Laboral 2024 introduce cambios clave en la gestión del tiempo de trabajo, sobresaliendo la obligatoriedad de usar un sistema digital para registrar las horas trabajadas, eliminando por completo los registros en papel. Esta medida busca mejorar la precisión en el control horario, evitando errores y manipulaciones…
¿Qué implica esta nueva ley?
Con la entrada en vigor de la Nueva Ley de Control Horario, las empresas estarán obligadas a implementar sistemas digitales que automaticen el registro de jornada. Esto significa que:
Principales cambios en 2025
Sanciones en 2025: lo que necesitas saber
A partir de 2025, no cumplir con las nuevas normativas laborales traerá sanciones más estrictas. Estas normas buscan asegurar que se lleve un control adecuado del horario de trabajo de los empleados.
Cuando entra en vigor la Ley del Fichaje Digital
El anteproyecto de Ley tuvo lugar el pasado 24 de junio, estableciendo un periodo de seis meses para aprobar el reglamento que definirá los aspectos legales y operativos del registro digital. Con lo cual ha entrado en vigor el día 1 de Enero del 2025.
Excepciones del Fichaje Digital
El artículo 2.1a del Estatuto de los Trabajadores determina que los altos directivos y otras relaciones laborales de carácter especial como los servicios del hogar, deportistas profesionales o artistas entre otros, quedarán excluidos del cumplimiento de esta normativa. También quedan excluidas otras relaciones o prestaciones de trabajo como socios trabajadores de cooperativas o trabajadores autónomos.
En el caso de los becarios, sí se debe llevar a cabo un control horario con el fin de cumplir las horas pactadas en los acuerdos con la beca. No obstante, no es obligatorio llevarlo a cabo por el mismo canal de los trabajadores.
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